Presentación y bienvenida



Este es un espacio libre y abierto en el que todo el mundo es bienvenido. Cualquiera es libre de entrar, ver y opinar. La única norma es el respeto.
¿La idea? Poner en común aquellos temas, dudas o inquietudes que puedan surgir en el día a día en relación con la Medicina, la traumatología, las implicaciones éticas y la calidad asistencial.
Cada opinión será responsabilidad de quién la emita, y aquellos comentarios que resulten ofensivos, serán eliminados.
Mi bienvenida más cordial.

En especial, me gustaría mucho recibir opiniones de pacientes, usuarios, familiares... Si las opiniones son sólo de los sanitarios, falta una perspectiva muy importante.

domingo, 22 de mayo de 2011

RECHAZO DE TRANSFUSIÓN (II)


CUESTIONES DE PRINCIPIO
Libertad de creencias
Más allá de que nuestra Constitución recoja el derecho a la libertad de creencias en el artículo 16, una sociedad plural en el siglo XXI debe tener incorporado de hecho este principio. No se trata pues, de acordar que en teoría cada cual tenga derecho a tener las creencias que quiera sobre su vida, su salud, o sobre lo que es mejor para él; la cuestión es si, en la práctica (incluida la práctica clínica), estamos realmente comprometidos con este derecho y estamos en realidad dispuestos a respetarlo y protegerlo. Y no porque estemos de acuerdo con los planteamientos o los valores de cada paciente que atendemos, sino porque de hecho asumimos que tiene derecho a tenerlos, tanto si coinciden con los propios como si no.

Protección de la Salud y de la Vida.
Nuestra obligación profesional no termina con encontrar la mejor actuación según las mejores evidencias científicas disponibles. Al paciente hay que darle la información necesaria y suficiente para que pueda decidir si está de acuerdo o no con lo que se le propone; para que pueda plantear las dudas sobre el procedimiento; para que conozca las alternativas posibles, y para que, en definitiva, pueda tomar una decisión informada y dar o no su permiso a lo que se le ha planteado o elegir otra opción.

No podemos olvidar que, aún cuando esa actuación sea la mejor desde nuestra perspectiva de profesionales sanitarios, la salud que tratamos de proteger no es la nuestra, sino la de otra persona, y que es esa persona quien tiene la última palabra en las decisiones que atañen exclusivamente a su salud y su vida.

Así pues, como profesionales de la salud, tenemos dos obligaciones éticas: por un lado, proporcionar a cualquier paciente una asistencia sanitaria con calidad científico-técnica óptima; por otro lado, respetar las decisiones autónomas que cualquier paciente capaz e informado adopte en relación a su salud o su vida. En realidad, ambas obligaciones se pueden incluir en una más amplia: la obligación de proporcionar una asistencia sanitaria de calidad. Tan impensable nos resulta hablar de asistencia de calidad si se emplean medios y técnicas obsoletas o no validadas, como si se actúa sin el consentimiento de un paciente, o peor aún, en contra de sus decisiones.

Las dos obligaciones no se excluyen entre si, es decir, el respeto a la autonomía de las decisiones de los pacientes no nos exime de la obligación de proporcionarles la mejor calidad técnica y científica posible, ni tampoco a la inversa. Por tanto, el recurso inmediato a la negativa a tratar a un paciente sin una valoración meditada de la situación concreta y de las diferentes opciones disponibles, no parece ser a priori una decisión que pretenda respetar en lo posible las dos obligaciones. Esto no quiere decir que en algunos casos, después de una deliberación serena, no quede más solución que el alta y la derivación a otro centro, o incluso la decisión de que tal procedimiento no deba ser llevado a cabo, al no existir probabilidades razonables de conseguir algún beneficio. Parece evidente, sin embargo, que en otras muchas situaciones se pueden encontrar soluciones intermedias que permitan realizar una intervención que, aún no siendo la mejor en teoría desde el punto de vista científico-técnico basado en la evidencia, si resulte ser óptima, en la práctica, para un paciente concreto cuyo proyecto vital, coherente y razonado, le lleva a rechazar determinadas actuaciones sanitarias.

Justicia: Criterios de eficiencia, distribución de recursos escasos.
Cuando la evidencia reconoce una mayor eficiencia de la transfusión frente a técnicas alternativas (EPO, antifibrinolíticos, transportadores artificiales de oxígeno), un argumento que se esgrime con frecuencia es el siguiente: “si alguien por libre decisión, rechaza el tratamiento más efectivo y menos costoso, su derecho a utilizar otras terapias con peor relación coste-efectividad a cuenta de la sanidad pública, debería ser cuestionable”. Este argumento se apoya en la responsabilidad que cada persona debe asumir ante una decisión libre y que abarca también a las consecuencias que dicha elección pueda acarrearle.

Ahora bien, si somos coherentes con esta idea, deberíamos invocar el mismo argumento para aquellos que por libre decisión llevan una vida poco saludable o con mayor riesgo de accidentes (tabaquismo, consumo de drogas, alimentación rica en colesterol, vida sedentaria, deportes de riesgo, etc.). Y yendo  al extremo, quien decide libremente conducir bajo los efectos del alcohol, debería, en caso de sufrir un accidente, asumir las consecuencias de su libre decisión, y por tanto, hacerse cargo del gasto sanitario que se derive de la atención de sus lesiones.

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¿VIEJA O JOVEN?

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